CAPITULO II DOMICILIO

ARTICULO 2º. El domicilio principal de la Asociación será el Municipio de Medellín, Departamento de Antioquia, Republica de Colombia, donde reside su Junta Directiva Central. La Asociación podrá establecer Subdirectivas y Comités en la Secciones, municipio y regiones de Colombia, en cumplimiento de las normas constitucionales